La contratación mediante procedimiento excepcional está supeditada a la evaluación de una autoridad competente, definida según el monto de la contratación, quien decidirá su aprobación, conforme a lo establecido en el artículo 83 del Texto Único de la Ley de 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado por la Ley 153 de 2020.
Municipio de San Miguelito/Nota No.DGCP-DS-DJ-2015-2025 de fecha 22 de octubre de 2025
