La Dirección General de Contrataciones Públicas reitera el criterio que los contratos perfeccionados durante la vigencia del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley No. 48 de 2011, vigente hasta el 28 de marzo de 2018, se le deberán aplicar las normativas y disposiciones legales de la citada excerta legal.
Las adendas, por ser adiciones a los contratos, constituyen parte integral de éste, por lo cual, también se deberán regir por las leyes vigentes al momento del perfeccionamiento del contrato original.