El artículo 100 de la Ley No.61 de 2017 señala que, los procedimientos de selección de contratista o contratos perfeccionados iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley No.153 de 2020, se les aplicarán las normas vigentes al momento de su convocatoria o perfeccionamiento. En la celebración de los procedimientos de selección de contratista que se efectúen en virtud de acuerdos o convenios de préstamos con organismos financieros internacionales o con gobiernos extranjeros se aplicarán las disposiciones sobre contratación, pactadas en estos acuerdos o convenios.
Programa Saneamiento de Panamá/Nota N°DGCP-DS-DJ-379-2020 de fecha 29 de junio de 2020.
Aplicación de la ley en el Tiempo
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