Discrepancia en el Pliego de Cargos.

El artículo 53 del Decreto Ejecutivo N°40 de 10 de abril de 2018, establece el orden de prelación que deberá atenderse en caso de discrepancias entre los conceptos aplicables a las contrataciones públicas, en efecto, deberá aplicarse lo establecido por la entidad en la plantilla electrónica del pliego de cargos.

Instituto Panameño de Habilitación Especial/ Nota N°DGCP-DS-DJ-831-2021 de fecha 5 de julio de 2021/ Acto Público N°2019-1-40-0-99-LP-010986.

Discrepancia en los términos del pliego de cargos y contrato