Firma electrónica cuya validez es respaldada por un certificado electrónico calificado que:
a. Permite identificar al firmante y detectar cualquier cambio posterior de los datos firmados.
b. Está vinculada al firmante de manera única y a los datos a que se refiere.
c. Ha sido creada utilizando dispositivos seguros de creación de firmas electrónicas, los cuales mantiene el firmante bajo su control exclusivo.
d. Ha sido generada a través de la infraestructura de un prestador de servicios de certificación registrado ante la autoridad registradora y certificadora raíz de Panamá.
Artículo 2, Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020.
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