Que el numeral 9 del artículo 151 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 10 de septiembre de 2020, modificado por el Decreto Ejecutivo No.34 de 24 de agosto de 2022, impone, salvo las excepciones que establece dicha norma, la obligación para las entidades que se acojan al procedimiento excepcional de contratación de solicitar dos propuestas de distintos proveedores, haciendo uso de las funcionalidades de la Plataforma de Cotizaciones en Línea como parte de la documentación que debe acompañar la solicitud de autorización de este tipo de procedimiento.
Metro de Panamá, S.A./Nota No.DGCP-DS-DJ-2093-2025 de fecha 29 de octubre de 2025
