La entidad contratante deberá realizar un análisis técnico, jurídico y financiero previo a la modificación de la orden de compra a fin de verificar la viabilidad del respectivo ajuste o la realización del procedimiento especial de contratación, tomando en cuenta que, cuando la entidad decida realizar modificaciones a los contratos u órdenes de compra, a través de adendas o ajustes, su aprobación estará sujeta al refrendo de la Contraloría General de la República, como ente fiscalizador de los actos de manejo de fondos públicos, a fin de que los mismos sean realizados en estricto apego a las normas jurídicas correspondientes.
Agencia Panamá Pacífico/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1658-2024 de fecha 30 de octubre de 2024/ Acto Público No.2023-2-97-0-15-CM-003721.
Modificaciones al contrato u orden de compra