Competencia Dirección General de Contrataciones Públicas

Del numeral 1 del artículo 15 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado por la Ley 153 de 2020, se desprende con exactitud, el límite de la competencia que ejerce la Dirección General de Contrataciones Públicas, la cual se ciñe estrictamente a emitir opiniones sobre la adecuada implementación y aplicación de la Ley de contrataciones públicas; es decir, a emitir criterios para las actuaciones realizadas bajo el amparo de la Ley 22 de 2006, razón por la que esta Dirección no puede traspasar los límites que le impone su propia Ley.

Dimas Enrique Pérez/Nota No.DGCP-DS-DJ-1660-2025 de fecha 3 de septiembre de 2025/ Procedimiento excepcional de contratación No.2024-0-18-01-08-PE-000050

Competencia de la Dirección General de Contrataciones Públicas