DGCP-DF-020-2025
Tratándose de contrataciones menores, la Entidad Licitante no debe solicitar la presentación de la carta de garantía como requisito obligatorio, ya que el artículo 86 del Decreto Ejecutivo N°439 de 2020, exige al contratista seleccionado y no al proponente, que garantice a la entidad, por escrito, los puntos establecidos en esta disposición.
Ministerio de Seguridad Pública./Contratación Menor– procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).
