Contrataciones menores Carta de garantía

DGCP-DF-020-2025

 

Tratándose de contrataciones menores, la Entidad Licitante no debe solicitar la presentación de la carta de garantía como requisito obligatorio, ya que el artículo 86 del Decreto Ejecutivo N°439 de 2020, exige al contratista seleccionado y no al proponente, que garantice a la entidad, por escrito, los puntos establecidos en esta disposición.

Ministerio de Seguridad Pública./Contratación Menor– procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidad Licitante Conformación de las Comisiones

DGCP-DF-021-2025

Para la conformación de las comisiones, el número de los integrantes será impar para facilitar las decisiones que serán adoptadas por la mayoría de los miembros designados, entendiéndose que la mayoría, o su totalidad, si a bien lo tiene la entidad, se tomarán del listado proporcionado por el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, conservando la entidad licitante la facultad de designar la minoría de los miembros.

Municipio de Comarca de Guna Yala/Licitación Pública-procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Pacto de Integridad Presentación

DGCP-DF-022-2025

El Pacto de Integridad alcanza su formalidad cuando, dentro del Procedimiento de Selección de Contratista, se elige al proponente, procediendo el Representante Legal de la Entidad a firmar el documento o quien este delegue. Su presentación con la propuesta, demuestra la intención de los proponentes de aceptar las condiciones preestablecidas en el documento, el cual se ha estandarizado, sin que se pueda modificar su contenido, salvo lo relativo a las generales de las partes que lo van a firmar.

Ministerio de Educación/Licitación Pública-procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Visita de campo

DGCP-DF-023-2025

La visita de campo no tiene carácter obligatorio. La etapa del Acto Público que resulta propicia para objetar las reglas de participación y los elementos que deben incorporarse en las propuestas, es la fase previa al acto de apertura, en la cual se puede cuestionar el contenido del Pliego de Cargos . En este sentido, es responsabilidad de cada proponente, en la etapa previa a la apertura de propuestas, advertir situaciones que pudieran limitar o restringir la justa y libre participación de proponentes.

Ministerio de Educación./Contratación Menor– procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Acciones de Reclamo Facultad de la Dirección de Contrataciones Publicas

DGCP-DF-024-2025

Dentro de las facultades que le asisten a la Dirección General de Contrataciones Públicas, al momento de decidir las acciones de reclamo, no se contempla la posibilidad de cancelar actos públicos, así como tampoco la facultad de declarar “nulidades”, sean absolutas o relativas, en cuanto a las actuaciones de las entidades licitantes.

Ministerio de Educación./Contratación Menor– procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Rechazo de Plano Fianza de Propuesta

DGCP-DF-019-2025

El rechazo de plano sólo es aplicable en los Actos Públicos donde se requiera la presentación de fianza de propuesta y sólo procede cuando la propuesta no esté acompañada de dicha fianza o en el evento que esta presente un monto o vigencia inferior a lo establecido en el Pliego de Cargos.

Ministerio de Educación./Contratación Menor– procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Profesionales de la Ingeniería y la Arquitectura Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura.

DGCP-DF-018-2025

La participación de profesionales de la ingeniería y la arquitectura, requiere que estos se encuentren registrados en la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura. La Entidad Licitante debe tener la certeza que los profesionales propuestos, sean nacionales o extranjeros, cuentan, a la fecha del Acto Público, con la idoneidad correspondiente otorgada por la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura.

ETESA / Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Obligaciones de la Entidad Instruir a las Comisiones Verificadoras o Evaluadoras

DGCP-DF-017-2025

Dentro de las obligaciones ineludibles y concurrentes de la Entidad Licitante, se encuentra la de instruir previamente a los miembros de la Comisiones, sean estas Verificadoras o Evaluadoras, sobre las reglas que rigen el procedimiento licitatorio de que se trate, las condiciones y especificaciones técnicas contenidas en el pliego de cargos y de los conflictos de intereses reales o aparentes respecto a los proponentes.

MINISTERIO PÚBLICO/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

 

Principio de Publicidad Obligación de los Servidores Públicos

DGCP-DF-016-2025

De acuerdo con el Principio de Publicidad que rige los Procesos de Contratación Pública, los servidores públicos tienen la obligación de poner a disposición de los proponentes, toda la documentación e información relevante del Acto Público. En este sentido, no resulta suficiente que se publique solo el acta de verificación electrónica, utilizando las funcionalidades del Sistema Electrónico “PanamaCompra”, sino que esta debe tener un sustento o soporte documental que contenga la verificación respectiva de las propuestas, avalado con la firma del servidor público responsable.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN./Contratación Menor– procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entidades Licitantes Proceso de Contratación

DGCP-DF-006-2025

Las Entidades Licitantes que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, así como los proponentes, contratistas y demás interesados que intervienen en el proceso de contratación, están obligados a cumplir las normas y principios contenidos en el Código de Ética de la Contratación Pública en todas las etapas del proceso de la compra pública.

ÓRGANO JUDICIAL./Contratación Menor– procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución