Propuesta Exoneración de Impuestos

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que, mal podría una entidad licitante dejar de considerar para la adjudicación una propuesta por motivo que el proponente aplicó el I.T.B.M.S., en algunos renglones que no correspondía el mismo, toda vez que se tendrán como no puestos y la entidad deberá considerar el monto propuesto sin incluir los impuestos, según lo establecido de forma clara en el artículo 78 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 2020.

Policía Nacional/ Nota N°DGCP-DS-DJ-2437-2022 de fecha 14 de diciembre de 2023/ Acto Público No.2023-0-18-01-08-CM-061733.

Exoneración de Impuestos