Adjudicación Por renglón

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que, en la modalidad de adjudicación por renglón, para el procedimiento de selección de contratista que nos ocupa, la entidad podrá establecer la cantidad de renglones que pueden ser adjudicados a un mismo proponente, definiendo de manera justa las reglas de adjudicación en cada renglón. Con ello, se evita la concentración excesiva de contratos en un solo oferente, facilitando la capacidad operativa de cada contratista y mitigando los riesgos en la prestación efectiva de un servicio público fundamental como lo es la recolección de desechos sólidos, para evitar problemas de salud pública y contaminación ambiental, contribuyendo así, a una gestión administrativa más eficiente y obteniendo el mayor beneficio para el Estado.

Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario de Panamá/Nota No.DGCP-DS-DJ-1028-2025 de fecha de 19 de junio de 2025

Adjudicación Por Renglón

Adjudicación Por renglón

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que, más allá de establecer una restricción de participación por renglón, es fundamental que el pliego de cargos, incluya reglas que sean objetivas, justas, claras y que en su elaboración se respete el Principio de Igualdad de Oportunidades de los Proponentes, con criterios objetivos y transparentes, para un análisis razonado de la capacidad técnica y financiera de los proponentes, que dé lugar a que todas las empresas o proponentes que participen en el acto público, que cumplan con los requisitos de ponderación y obtengan el mayor puntaje, por renglón, puedan ser adjudicatarios en igualdad de condiciones. Es importante que la metodología de ponderación, en atención al interés público, establezca condiciones que permitan adjudicarle a un proponente, más de un renglón, en caso de que no participen otros interesados en el acto público o se presenten propuestas que no cumplan con los requerimientos del pliego de cargos, para poder adjudicar en otros renglones.

Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario de Panamá/Nota No.DGCP-DS-DJ-1028-2025 de fecha de 19 de junio de 2025

Adjudicación Por Renglón

Adjudicación Por Renglón

El artículo 43 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado por la Ley 153 de 2020, señala que las condiciones especiales son las estipulaciones elaboradas por la entidad licitante, aplicables a un procedimiento de selección de contratista determinado, en atención a sus elementos específicos y que dentro de estas condiciones se incluirán, necesariamente, la forma de adjudicación, si esta se realizará de manera global o por renglón; el método de evaluación cuando proceda y los criterios de ponderación; la determinación del precio de referencia por rubro y total; la necesidad de presentación de declaraciones juradas; los factores objetivos de selección, entre otros.

Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario de Panamá/Nota No.DGCP-DS-DJ-1028-2025 de fecha de 19 de junio de 2025

Adjudicación Por Renglón

Adjudicación Por renglón

De acuerdo a los numerales 3 y 36 del artículo 2 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado por la Ley 153 de 2020 podemos colegir que la adjudicación por renglón brinda a las entidades licitantes las herramientas para realizar convocatorias que permitan la competencia de oferentes en distintos rubros o categorías, dentro del mismo acto público, para una mayor participación de los interesados, honrando a su vez los principios de economía, eficiencia y eficacia de la contratación pública.

Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario de Panamá/Nota No.DGCP-DS-DJ-1028-2025 de fecha de 19 de junio de 2025

Adjudicación Por Renglón