Multas a los Servidores Públicos Por no emitir el documento de recepción de bienes, servicio u obras

La Dirección General de Contrataciones Públicas, tiene entre sus funciones iniciar el proceso administrativo e imponer las sanciones al servidor público responsable que no emita el documento de recepción de bienes, servicio u obras en el plazo establecido en el artículo 113 y no explique por escrito los motivos en los que se fundamenta la no emisión, de acuerdo a lo establecido en el numeral 7 del artículo 18 del Texto Único de la ley 22 de 2006, ordenado por la Ley N°153 de 8 de mayo de 2020, en concordancia con el artículo 32 y subsiguientes del Decreto Ejecutivo No.439 del 10 de septiembre de 2020.

Caja de Seguro Social/ Nota No.DGCP-DS-DJ-465-2025 de fecha 20 de marzo de 2025/ Acto Público No. 2022-1-10-0-08-RC-112180

Multa a los Servidores Públicos

Acta de Entrega Obligación de la entidad contratante

Del artículo 113 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se desprende que es una obligación de la entidad contratante, recibir los bienes del contratista y emitir, en un plazo no mayor de cinco días hábiles, el acta de aceptación final para que se pueda realizar el respectivo pago al contratista o, en todo caso, explique los motivos al no emitir dicho documento.

Caja de Seguro Social/ Nota No.DGCP-DS-DJ-465-2025 fechado del 20 de marzo de 2025/ Acto Público No.2022-1-10-0-08-RC-112180.

Acta de Aceptación final

Entrega de bienes en el almacén general

El Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, en su artículo 135 (sic) hace referencia a los casos de adquisición de bienes, cuando estos son entregados en el almacén general. En estos casos, almacén debe levantar un acta de recibido a satisfacción una vez entregada la totalidad de los bienes, los cuales, como es de conocimiento general, pueden ser entregados de forma parcial si así fue estipulado (Acta de entrega parcial (suministro) – documento estandarizado No. CON-0031). En este sentido, fue estandarizado el documento “Acta de recibido a satisfacción” (CON-0021).

Autoridad Nacional de Administración de Tierras / Nota No.DGCP-DS-DJ-1767-2024 de fecha 18 de noviembre de 2024.

Acta de Aceptación final Cuando se ha llevado a cabo la entrega total de los bienes suministrados

El artículo 113 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, plantea un escenario distinto cuando se ha llevado a cabo la entrega total de los bienes suministrados, con la finalidad de dar por terminado el contrato y poder proceder a los pagos respectivos en los términos pactados, entonces se levantará un acta de aceptación final, para lo cual fue estandarizado el documento “Acta de aceptación final” (bienes y servicios CON-0100).

Autoridad Nacional de Administración de Tierras / Nota No.DGCP-DS-DJ-1767-2024 de fecha 18 de noviembre de 2024.

Acta de Recibido a Satisfacción y Acta de Aceptación Final

El documento (CON-0021) implica una entrega y aceptación de forma satisfactoria, con la finalidad de dar certeza a las partes de la entrega en el almacén, o el departamento encargado de recibir los bienes, mientras que el otro (CON-0100) implica la manifestación definitiva de la entidad contratante de haber recibido y aceptado el objeto del contrato a cabalidad, con la finalidad de poder proceder a iniciar los pagos al contratista.

Autoridad Nacional de Administración de Tierras / Nota No.DGCP-DS-DJ-1767-2024 de fecha 18 de noviembre de 2024.