Resolución que reconoce el pago de intereses moratorios

Una vez notificada la resolución que reconoce el pago de intereses moratorios, corresponde al interesado, presentar los documentos requeridos por la entidad contratante para el trámite administrativo respectivo. Cabe señalar que la entidad debe realizar la programación presupuestaria, para tal fin, en atención a lo dispuesto en el numeral 11 del artículo 21 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020.

Anneth Fuentes/ Nota No.DGCP-DS-DJ-918-2025 de fecha 03 de junio de 2025.

Intereses moratorios 

Intereses Moratorios Resolución

El artículo 191 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 10 de septiembre de 2020, señala que la resolución que reconoce intereses moratorios deberá ser emitida dentro de los treinta días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.

Anneth Fuentes/ Nota No.DGCP-DS-DJ-918-2025 de fecha 03 de junio de 2025.

Intereses moratorios 

Pagos de Intereses Moratorios

En cuanto al procedimiento para el reconocimiento del pago de los intereses moratorios, resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 191 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 10 de septiembre de 2020.

Anneth Fuentes/ Nota No.DGCP-DS-DJ-918-2025 de fecha 03 de junio de 2025.

Intereses moratorios 

 

 

Reconocimiento del pago de los intereses moratorios

De acuerdo con el artículo 191 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 10 de septiembre de 2020, deben reunirse los siguientes supuestos, para iniciar el procedimiento para el reconocimiento del pago de los intereses moratorios: Pagos no realizados correspondientes a la ejecución de un contrato, según los términos establecidos en el pliego de cargos y en el contrato. Si los pagos son por avance de obra, el reconocimiento se realiza durante la ejecución. (Cfr.num.10, art. 21 Texto Único de La Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020), solicitud presentada por el interesado y Pronunciamiento de la entidad contratante por medio de resolución motivada, dentro de los treinta días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.

Anneth Fuentes/ Nota No.DGCP-DS-DJ-918-2025 de fecha 03 de junio de 2025.

Intereses moratorios