Obligaciones de las entidades contratantes Pago

Es responsabilidad de la entidad licitante hacerles frente a los compromisos económicos que se deriven de la celebración de un procedimiento de selección de contratista con el proveedor adjudicatario del mismo, compromisos que la entidad no podrá desconocer y entre los cuales se encuentran el pago de los intereses moratorios, cuando el contratista tenga derecho a recibirlos.

Hospital Regional de Azuero Anita Moreno/ Nota No. DGCP-DJ-084-2024 con fecha 10 de junio de 2024/ Acto público No. 2023-0-12-012-07-LP-004438.

Obligaciones de las entidades contratantes.

Obligaciones de las entidades contratantes

La figura denominada ajustes de precios contenida en el numeral 12 del artículo 21 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se configura para situaciones jurídicas completamente distintas a las señaladas en el artículo 101 de la citada normativa. Siendo así, cuando se den situaciones fortuitas o de fuerza mayor debidamente comprobadas que alteren sustancialmente el contrato, sería aplicable lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley, la cual impone a las entidades contratantes la obligación de realizar una actualización de los precios.

Consulting Design Development Engineering, S.A./ Nota No.DGCP-DJ-081-2024 de fecha 30 de mayo de 2024/ Acto Público No.2021-0-12-0-99-LV-031929.

Obligaciones de las entidades contratantes

Obligaciones de las Entidades Contratantes

El numeral 15 del artículo 21 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020 expone que es obligación de la entidad vigilar el debido cumplimiento de los contratos y así prevenir cualquier lesión patrimonial contra el Estado.

Junta Comunal de Bella Vista/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1101-2023 de fecha 20 de junio de 2023.

Obligaciones de las Entidades Contratantes.

Derecho de los Contratistas Pagos

Los artículos 21 y 22 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, podemos colegir que, si bien las empresas contratantes tienen el derecho de recibir los pagos por la ejecución de los trabajos acordados, estos pagos deben ajustarse a lo pactado en el documento que dio origen a la relación contractual y sus modificaciones debidamente aprobadas.

Tecnología de Información y Comunicaciones, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-115-2020 de fecha 2 de octubre de 2020.

Derecho de los Contratistas respecto al Pago.

Derechos de los Contratistas Entidades Contratantes

En los artículos 21 y 22 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, relativos a las obligaciones de las entidades contratantes y a los derechos de los contratistas, se puede apreciar que, los contratistas del Estado tienen derechos adquiridos por Ley que deben respetarse por parte de la entidad contratante, toda vez que son éstos los responsables de ejecutar obras o servicios o suministra bienes para beneficio del interés público.

Municipio de Penonomé/ Nota N°DGCP-DS-DJ-154-2021 de fecha 19 de febrero de 2021.

Derecho de los Contratistas de las Entidades Contratantes.

Principio de Economía

La Dirección General de Contrataciones Públicas con fundamento en el principio de economía, establece que los trámites de contratación pública se adelantarán con austeridad de tiempo, medios y gastos a fin de evitar dilataciones y retardos en la ejecución del contrato.

Autoridad Marítima de Panamá/ Nota N°DGCP-DS-DJ-815-2021 de fecha 28 de junio de 2021/ Acto público N°2015-2-03-0-08-AV-004446.

Principio de Economía.