Subsanaciones Informe de Subsanación

DGCP-DF-2021-035

Es deber de la Entidad Licitante publicar el Informe de Subsanación, una vez cumplido el plazo para que los proponentes subsanen aquellos documentos que presentan la condición de subsanables, siguiendo con las fases del Procedimiento de Selección de Contratista, remitiendo a la Comisión Verificadora, el expediente que contiene las propuestas de los participantes.

Banco Hipotecario Nacional/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Subsanación Informe de Subsanaciones

DGCP-DF-2021-032

La Entidad Licitante debe publicar el Informe de Subsanación, una vez cumplido el plazo para que los proponentes presenten la subsanación de aquellos documentos que presentan la condición de subsanables, siguiendo con la remisión del expediente que contiene las propuestas de los Proponentes, a la Comisión Verificadora.

Ministerio de Obras Públicas / Licitación Pública-procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución