El numeral 11 del artículo 54 de Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017, señala que, en las licitaciones por mejor valor, las comisiones evaluadoras contarán con periodo que no podrá sobrepasar los 10 días hábiles para rendir su informe, salvo que se solicite una prórroga adicional en cuyo caso se añadirán, 5 días hábiles más.