Procedimiento especial de contratación Modalidad de simple prórroga

El numeral 2 del artículo 84 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece que para que se configure el procedimiento especial de contratación, específicamente en su modalidad de simple prórroga, es indispensable que el nuevo contrato que se pretenda suscribir cumpla a cabalidad con todos los supuestos enmarcados en la norma supra citada.
Caja de Seguro Social/ Nota No.DGCP-DS-DJ-1750-2024 de fecha 15 de noviembre de 2024/ Acto público No. 2022-1-10-0-08-PE-444785

Procedimiento Especial de Contratación Regularidad, estabilidad e invariabilidad

Del numeral 2 del artículo 84 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, del procedimiento especial de contratación, no debe obviarse que, dada su naturaleza jurídica, este procedimiento podrá ser aplicado “por razones de normalización o por la necesidad de asegurar la compatibilidad con los bienes, el equipo, la tecnología o los servicios que se estén utilizando,…”, es decir que, aplica a aquellas contrataciones que por su regularidad, estabilidad e invariabilidad, deban ser adquiridas de manera continua e ininterrumpida.
Caja de Seguro Social/ Nota No.DGCP-DS-DJ-1750-2024 de fecha 15 de noviembre de 2024/ Acto público No. 2022-1-10-0-08-PE-444785