Plazo para la Liquidación de Contrato

El artículo 99 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017, señala de forma clara el procedimiento en cuanto al plazo para llevar a cabo la liquidación del contrato por parte de la entidad contratante, es decir, cuando se ha cumplido la ejecución del contrato a cabalidad o cuando se haya ordenado la terminación del contrato por alguna de las otras vías que la Ley establece. Por esto, una vez ejecutado el contrato o terminado por alguna otra vía legal, entonces se deberá proceder con la liquidación del mismo.
Constructora Simasa, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-071-2023 de fecha 15 de marzo de 2023.