Impuestos Aplicables

El artículo 78 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley 22 de 2006, confiere a la entidad licitante, la facultad de solicitar al proponente la corrección de su propuesta, siempre que no se distorsione el precio total ofertado.

Universidad Tecnológica de Panamá DGCP-DS-DJ-1933-2024 06 de noviembre de 2024 2024-1-95-0-02-LP-025154

Impuestos aplicables

Aclaración en la Propuesta Errores Aritméticos

DGCP-DF-2021-027

En caso que existan errores aritméticos en el cálculo de los impuestos, se permite corregir la propuesta, pudiendo la entidad solicitar a los proponentes las aclaraciones donde se efectúen los cálculos correctos, siempre y cuando no se distorsione el precio total ofertado.

 

Autoridad de Turismo de Panamá/Licitación Pública-procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución