Plataforma de Cotizaciones en Línea Uso Obligatorio

El artículo 259 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley 22 de 2006, que regula la contratación pública, establece que las entidades deberán utilizar obligatoriamente la Plataforma de Cotizaciones en Línea, habilitada en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra” para solicitar las cotizaciones, de conformidad con las guías emitidas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, las cuales están debidamente publicadas en el referido portal electrónico.

Centro Educativo Básico Llano Grande/ Nota N°DGCP-DJ-98-2021 de fecha 30 de junio de 2021.

Uso Obligatorio de la Plataforma de Cotizaciones en Línea.

Plataforma Cotizaciones en Línea

El artículo 259 del Decreto Ejecutivo No.439 de 10 de septiembre de 2020 establece que es responsabilidad de las entidades bajo el ámbito de aplicación del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública, ordenado por la Ley 153 de 2020, usar obligatoriamente la Plataforma de Cotizaciones en Línea, previo a incurrir en un procedimiento para contrataciones menores por cotizaciones, procedimiento excepcional de contratación o el procedimiento especial de adquisiciones de emergencia, a fin de seleccionar el contratista que vaya a suplir el bien, obra y/o servicio requerido, realizando sus solicitudes de la mejor forma posible atendiendo los pasos establecidos en la Guía de Uso de la Plataforma de Cotizaciones en Línea.

Lotería Nacional de Beneficencia/ Nota N°DGCP-DS-DJ-233-2021 con fecha 22 de marzo 2021.

Uso de la plataforma de cotizaciones en línea