Acción de Reclamo No Admisibilidad

 

La no admisibilidad de las acciones de reclamo, no puede interpretarse como una preclusión para interponer una nueva acción de reclamo, ya que como se establece en el Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley No. 61 de 2017, las acciones de reclamo se podrán interponer hasta tanto no recaiga la adjudicación del acto público.

Magister Erick  J. Díaz/Nota N°DGCP-DJ-210-2019 de fecha 1 de noviembre 2019.

Acción de Reclamo