En el Artículo 41 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se contempla una excepción a este requisito, la cual hace referencia a las personas jurídicas cuyas acciones comunes se coticen públicamente en bolsas de valores de una jurisdicción reconocida por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá; En este caso deberá incluir en la declaración jurada, la jurisdicción en la cual son cotizadas, al tenor de lo establecido en la Circular No.DGCP-DS-005-2021 de 25 de enero de 2021, que contiene el instructivo y requisitos para la presentación de declaración jurada de beneficiario final de acciones nominativas y actualización de información ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.
TK Elevadores Panamá, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-660-2021 de fecha 19 de mayo de 2021.
Excepción de Presentación de Declaración Jurada de Acciones Nominativas.