Declaración Jurada de Acciones Nominativas Excepción de Requisito

En el Artículo 41 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se contempla una excepción a este requisito, la cual hace referencia a las personas jurídicas cuyas acciones comunes se coticen públicamente en bolsas de valores de una jurisdicción reconocida por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá; En este caso deberá incluir en la declaración jurada, la jurisdicción en la cual son cotizadas, al tenor de lo establecido en la Circular No.DGCP-DS-005-2021 de 25 de enero de 2021, que contiene el instructivo y requisitos para la presentación de declaración jurada de beneficiario final de acciones nominativas y actualización de información ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.

TK Elevadores Panamá, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-660-2021 de fecha 19 de mayo de 2021.

Excepción de Presentación de Declaración Jurada de Acciones Nominativas.