El artículo 36 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020 y el artículo 15 del Decreto Ejecutivo 439 de 2020 desarrollan la figura de la división de materia, que no es más que la intención de la entidad de dividir el objeto o materia de la contratación en partes, de modo tal que la cuantía no alcance la establecida para la realización del procedimiento de selección de contratista que corresponda y/o evadir las autorizaciones respectivas.
Hospital Aquilino Tejeira/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1347-2023 de fecha 26 de julio de 2023.