DGCP-DF-2021-055
Es facultad de la Entidad Licitante, en atención a sus necesidades particulares, determinar las reglas más ventajosas que regirán el Acto Público, lo cual incluye necesariamente la modalidad de adjudicación, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual.
Ministerio de Seguridad Pública/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).
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