DGCP-DF-2023-117
El Artículo 2 del Decreto Ejecutivo N° 439 de 10 de septiembre de 2020, para la “Presentación de documentos con firma electrónica”, dispone lo que seguido se cita: “La documentación así presentada producirá los mismos efectos que tienen los documentos originales, y no necesitará autenticación ante notario.”
CAJA DEL SEGURO SOCIAL- POL. SANTIAGO BARRAZA DE LA CHORRERA / Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).