El Artículo 91, numeral 5 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017, establece las reglas para modificaciones y adiciones al contrato con base en el interés público.
En ningún caso la sumatoria de todas las modificaciones que se realicen a una contratación pública durante su vigencia, podrá sobrepasar el 40% del monto total originalmente convenido.
Municipio de San Miguelito/Nota N°DGCP-DJ-081-2021 de fecha 7 de junio de 2021/Acto Público N°2019-5-78-0-08-LP-003799.
Aumento de costos en contratos
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