De los artículos 146 y 18 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se puede colegir la competencia que tiene esta Dirección para imponer multas a los servidores públicos y que la competencia para establecer el desacato es competencia exclusiva del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas.
EJ Legal Group./ Nota N° DGCP-DS-DJ-107-2023 de fecha 20 de abril de 2023/ Acto Público N°2022-1-08-0-08-CM-033174.
Multa a los Servidores Públicos