Del artículo 110 de la Ley 48 de 10 de mayo de 2011, que reforma la Ley 22 de 2006 que regula la Contratación Pública, se desprende la facultad que tienen las entidades contratantes, de aplicar las multas correspondientes a los contratistas que presenten solicitudes de prórrogas, una vez haya vencido el término para la entrega del bien o servicio contratado.
Municipio de San Miguelito/ Nota N°DGCP-DJ-144-2021 de fecha 31 de agosto de 2021.