Multa por Retraso en la Entrega Facultad de las Entidades Contratantes

Del artículo 110 de la Ley 48 de 10 de mayo de 2011, que reforma la Ley 22 de 2006 que regula la Contratación Pública, se desprende la facultad que tienen las entidades contratantes, de aplicar las multas correspondientes a los contratistas que presenten solicitudes de prórrogas, una vez haya vencido el término para la entrega del bien o servicio contratado.

Municipio de San Miguelito/ Nota N°DGCP-DJ-144-2021 de fecha 31 de agosto de 2021.

Multa por Retraso en la Entrega.

Facultad de la Entidad Multa por retraso en la entrega.

El artículo 133 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, otorga a las entidades contratantes la facultad de aplicar una multa a los contratistas por retraso en la entrega y que la multa que se impondrá será entre el 1 % y el 4 % dividido entre treinta por retraso en la entrega por cada día calendario de atraso del valor equivalente a la porción dejada de entregar o ejecutar por el contratista., por lo cual se desprende la facultad inherente que tienen las entidades para imponer multa por retraso en la entrega.

EJ Legal Group/ Nota N°DGCP-DJ-114-2023 de fecha 27 de abril de 2023.

Multa por retraso de entrega

 

Multa por Retraso de Entrega

Del Artículo 133 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se desprende la facultad de las entidades contratantes, de aplicar las multas correspondientes a los contratistas que presenten solicitudes de prórrogas, una vez haya vencido el término para la entrega del bien o servicio contratado.

Efectimedios Panamá, S.A./ Nota N°DGCP-DS-DJ-033-2021 de fecha 10 de marzo de 2021.

Multa por Retraso en la Entrega

Multa por Retraso en la Entrega

Del Artículo 133 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se desprende la facultad de las entidades contratantes, de aplicar las multas correspondientes a los contratistas que presenten solicitudes de prórrogas, una vez haya vencido el término para la entrega del bien o servicio contratado.

GBM de Panamá, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-078-2021 de fecha 03 de junio de 2021/ Acto Público N°2020-1-90-0-08-RC-022384

Multa por Retraso en la Entrega

Multa por Retraso en la Entrega

Del artículo 133 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, se desprende la facultad de las entidades contratantes, de aplicar las multas correspondientes a los contratistas que presenten solicitudes de prórrogas, una vez haya vencido el término para la entrega del bien o servicio contratado.

GBM de Panamá, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-090-2021 de fecha 23 de junio de 2021/Requisición de Convenio Marco N°2020-1-90-0-08-RC-022345.

Multa por retraso en la entrega