Pliego de Cargos Formalidades

De la Ley No. 22 de 2006, se establece la autonomía que poseen las entidades licitantes al momento de formalizar sus pliegos de cargos, no obstante, esta potestad posee sus limitantes, puesto que los pliegos deberán ceñirse en atención a las formalidades y restricciones que indica la Ley No. 22 de 2006.

Lac Legal Abogados/ Nota N°DGCP-DS-DJ-616-2019 con fecha 14 de agosto de 2019.

Formalidad en el Pliego de Cargos