La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que las entidades no pueden establecer en los pliegos de cargos, garantías de cumplimientos, fianzas o pagos de dinero que no se encuentren amparados bajo la legislación vigente.
Universidad Autónoma de Chiriquí/ Nota N°DGCP-DJ-041-2023 con fecha 09 de febrero de 2023.