Principio de Igualdad de Oportunidades de los Proponentes

DGCP-DF-2023-084

La Ley de Contrataciones Públicas establece el principio de igualdad de oportunidades de los proponentes, lo que implica que todas las etapas del procedimiento de selección de contratista deben ser imparciales y permitir a todos los proponentes hacer ofertas de la misma índole y tener las mismas posibilidades de resultar adjudicatarios.

Ministerio de Seguridad Pública/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución