Principio de Responsabilidad de los Servidores Públicos Comisionados

DGCP-DF-2019-023

La conclusiones e informes son emitidos conforme al Principio de Responsabilidad de los Servidores Públicos y son los comisionados, los únicos responsables por sus actuaciones.

Órgano Judicial/Licitación Pública-procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

 

Resolución

Principio de Publicidad Obligación de los Servidores Públicos

DGCP-DF-016-2025

De acuerdo con el Principio de Publicidad que rige los Procesos de Contratación Pública, los servidores públicos tienen la obligación de poner a disposición de los proponentes, toda la documentación e información relevante del Acto Público. En este sentido, no resulta suficiente que se publique solo el acta de verificación electrónica, utilizando las funcionalidades del Sistema Electrónico “PanamaCompra”, sino que esta debe tener un sustento o soporte documental que contenga la verificación respectiva de las propuestas, avalado con la firma del servidor público responsable.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN./Contratación Menor– procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Proceso de Contratación Servidores Públicos

DGCP-DF-007-2025

Los actores dentro del proceso de contratación deben aplicar los principios y valores consagrados en el Código de Ética, seguir los lineamientos para una gestión integral de la contratación y acatar las normas que regulan los impedimentos por razón de las funciones que desempeñen los servidores públicos involucrados en procesos de compra pública.

ÓRGANO JUDICIAL./Contratación Menor– procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos Reglas en el acto público

DGCP-DF-008-2025

Es fundamental que el Pliego de Cargos incluya reglas que sean objetivas, justas y claras y que en su elaboración se respete el Principio de Igualdad de Oportunidades de los Proponentes, establecido en la Ley que regula la Contratación Pública, evitando la inclusión de cláusulas que reduzcan las posibilidades de participación de otros proponentes en el Acto Público

Instituto Técnico Superior Especializado/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00). 

Resolución

Principio de Eficacia En materia de Contratación Pública

DGCP-DF-2024-044

El Principio de Eficacia que rige en materia de Contrataciones Públicas obliga a los sujetos del procedimiento de selección de contratista, a hacer prevalecer el cumplimiento de la finalidad del acto de contratación sobre aquellos formalismos cuya realización no incidan en su validez, no determinen aspectos importantes de la decisión final, no disminuyan las garantías del procedimiento de selección de contratista ni causen indefensión a los interesados.

Contraloría General de la República/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principios de Contratación Pública Principio de Publicidad

DGCP-DF-2024-051

En todo Acto Público se aplicarán los Principios de Transferencia y Debido Proceso, con la diligencia eficaz dirigida a la consecución efectiva del procedimiento de selección de contratista. Tarea que involucra la publicación pertinente y oportuna, de las piezas contentivas de las actuaciones inherentes a los distintos Actos Públicos; máxime si estas son instituidas normativamente con carácter prioritario para su gestión e incorporación en el expediente electrónico.

INSTITUTO PANAMEÑO DE DEPORTES/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Principios de Transparencia y Debido Proceso

DGCP-DF-2024-042

En todo Acto Público se aplicarán los Principios de Transparencia y Debido Proceso, con la diligencia eficaz dirigida a la consecución efectiva del procedimiento de selección de contratista.

MUNICIPIO DE PANAMÁ/ Licitación por Mejor Valor-procedimiento utilizado cuando se trata de un servicio u obra de alta complejidad cuyo monto supera la suma de quinientos mil balboas (B/.500,000.00).

Resolución

Principio de Eficacia

DGCP-DF-2024-041

El Principio de Eficacia contemplado en el Artículo 29 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, establece que se “harán prevalecer el cumplimiento de la finalidad del acto de contratación sobre aquellos formalismos cuya realización no incidan en su validez”.

MINISTERIO DE VIVIENDA/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principio de Igualdad de Oportunidad de los Proponentes

DGCP-DF-2024-039

Principio de igualdad de oportunidad de los proponentes, el cual tiene por objeto garantizar la actuación imparcial de las entidades públicas dentro del procedimiento de selección de contratista en todas sus etapas, que les permita a los proponentes hacer ofrecimientos de la misma índole y tener las mismas posibilidades de resultar adjudicatarios.

BANCO NACIONAL DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Especificaciones Técnicas

DGCP-DF-2023-278

La valoración del cumplimiento de especificaciones técnicas, es una función que les compete privativamente a los miembros de la Comisión Verificadora, los cuales emiten sus dictámenes en el marco el Principio de Responsabilidad de los Servidores Públicos.

MUNICIPIO DE PANAMÁ/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Publicación de Documentación Plataforma "PanamaCompra"

DGCP-DF-2023-275

El Artículo 156 de la Ley de Contrataciones Públicas, dispone que: “Todas las resoluciones, demás actos administrativos y comunicaciones que emitan las entidades contratantes dentro del proceso de selección de contratista y en la ejecución del contrato, así como las que dicte el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas, se publicarán en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”.

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución