Documento Subsanable Plazo de Subsanación

El artículo 82 del Decreto Ejecutivo N° 439 del 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley 22 de 27 de junio de 2006, modificado por el Decreto Ejecutivo 34 de 24 de agosto de 2022, se desprende, que el acta de apertura debe ser publicada el mismo día de su celebración en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra”, además de los documentos que deberán ser subsanados dentro del término establecido en el pliego de cargos, cuando así se hubiera establecido en éste y será responsabilidad del proponente revisar su propuesta para verificar la existencia de cualquier documento subsanable que deba corregirse dentro del plazo establecido en el pliego de cargos.

Universidad Tecnológica de Panamá/ Nota No. DGCP-DS-DJ-804-2024 con fecha 11 de julio de 2024/ Acto público No. 2024-1-95-0-08-LP-025117.

Plazo de subsanación para documentos.