Plataforma de Cotizaciones en Línea Cotización de Menor Precio

Del artículo 92 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 8 de mayo de 2020, se desprende que, la Plataforma de Cotizaciones en Línea es una herramienta que servirá para seleccionar al contratista que vaya a suplir bienes, obras y/o servicios a todas las entidades de Estado. Una vez culminada la solicitud de cotizaciones, la entidad seleccionará, del cuadro comparativo presentado por la plataforma de cotizaciones en línea, la cotización de menor precio, siempre que cumpla con los requerimientos y especificaciones exigidas.

4 Team Sport/Nota N°DGCP-DJ-073-2022 de fecha 03 de mayo de 2022/ Cotización en Línea N°2022-0-07-04-12-CL-080762.

Cotización en Línea (Compra Menor)

Adjudicación de las Contrataciones Menores Por Cotizaciones en Línea

El artículo 92 del Decreto Ejecutivo N° 439 de 10 de septiembre de 2020, que reglamenta la Ley N° 22 de 2006, señala que una vez culminada la solicitud de cotización en línea, la entidad tiene la obligatoriedad de escoger del cuadro comparativo, que para tales efectos le proporciona la Plataforma de Cotizaciones en Línea, la cotización de menor precio presentada por determinado proveedor, siempre que cumpla con todos los requerimientos exigidos y adjudicar en éste el acto público para la adquisición de los bienes requeridos.

Instituto Profesional y Técnico de San Andrés/ Nota DGCP-DJ-072-2022 de fecha 29 de abril de 2022.

Compras por Cotización en Línea