Acta de Entrega de Bienes No Emitir el Documento de Recepción de Bienes

La entidad contratante debe sustentar los motivos para no recibir los bienes que en todo momento fueron descritos por el contratista en su cotización, puesto que el numeral 9 del artículo 14  del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley No. 61 de 2017, faculta a  la Dirección General de Contrataciones Públicas,  para  imponer multas al servidor público de hasta un 30% del salario bruto mensual que devengue, en caso que no emita el documento de recepción de bienes, servicios u obras en el plazo establecido y no explique por escrito los motivos en los que se fundamenta la no emisión.

Coremusa, S.A./Nota N°DGCP-DJ-155-2019 de fecha 10 de septiembre de 2019/Acto Público N°2019-1-10-0-08-CM-336082. 

Acta de Entrega de Bienes