Principio de Economía Potestad Saneadora de la Entidad Licitante

En atención a la potestad saneadora que tienen las entidades licitantes, dispuesta por el Principio de Economía que rige la contratación pública, éstas ordenarán la realización de trámites omitidos o la corrección de los realizados en contravención al ordenamiento jurídico, de oficio o a petición de parte interesada, si no se hubiera interpuesto recurso por la vía gubernativa.

Escuela Bilingüe Berta A. López/ Nota NDGCP-DJ-203-2019 de fecha 18 de octubre de 2019/ Acto Público N°2019-0-07-01-01-CM-007927.

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