DGCP-DF-2023-169
El Artículo 25 del Decreto Ejecutivo N° 975 de 15 de diciembre de 2017 que subroga el Decreto Ejecutivo N°472 de 11 de junio de 2014, establece que las instituciones públicas requerirán la traducción oficial de todo documento emitido en un idioma que no sea español, con miras a producir efectos legales en nuestro país, por parte de quienes detenten la Licencia que reconoce el ejercicio de la profesión como Traductor o Intérprete en la República de Panamá.
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).