Competencia Dirección General de Contrataciones Públicas

No es competencia de la Dirección General de Contrataciones Públicas realizar una revisión administrativa de la orden de compra o del contrato suscrito entre las partes, de forma posterior al acto de adjudicación y pronunciarse sobre la viabilidad o no de que la entidad ejecute las acciones que considere necesarias llevar a cabo para exigir el adecuado cumplimiento de los términos de garantía a los cuales se comprometió el contratista en el citado acto público.

Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses/ Nota N°DGCP-DS-DJ-201-2022 de fecha 16 de febrero de 2022/ Acto Público N°2017-0-36-0-08-LP-008914.

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