Del numeral 10 del artículo 7 y el artículo 8 de la Ley 22 de 29 de enero de 2003, “Que crea la Autoridad de Aeronáutica Civil y deroga el Decreto de Gabinete 13 de 1969”, queda claro como la Ley Orgánica de la Autoridad de Aeronáutica Civil la faculta a celebrar toda clase de contratos, acuerdos y erogaciones con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, incluida la contratación de concesión.
Autoridad Aeronáutica Civil/ Nota N°DGCP-DS-DJ-865-2021 de fecha 13 de julio 2021.