El artículo 60 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, señala de forma clara cuál es el procedimiento para realizar la contratación de concesión, indicando que este debe ser a través de un procedimiento de Licitación y establece los parámetros cuando sea realizado a través de una Licitación por mejor valor, siendo un procedimiento que permite a la entidad contratante ponderar otros aspectos además del precio, el cual deja de ser el factor determinante, tales como aspectos financieros, económicos, administrativos y técnicos.
Alcalde del Distrito de Penonomé/ Nota No.DGCP-DS-DJ-543-2024 de fecha 15 de mayo de 2024.