El artículo 19 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017 y complementado con el artículo 4 del Decreto Ejecutivo N°40 del 10 de abril de 2018, que reglamenta la Ley 22 de 2006, es taxativo en cuanto a que todo aquel que desee contratar con el Estado, ya sea persona natural o jurídica debe presentar su Declaración Jurada de Incapacidad Legal para Contratar.
Hospital Regional Dr. Rafael Estévez/ Nota N°DGCP-DJ-184-2019 de fecha 04 de Octubre de 2019.
Declaración Jurada de Incapacidad Legal para Contratar
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