En los artículos 21 y 22 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, relativos a las obligaciones de las entidades contratantes y a los derechos de los contratistas, se puede apreciar que, los contratistas del Estado tienen derechos adquiridos por Ley que deben respetarse por parte de la entidad contratante, toda vez que son éstos los responsables de ejecutar obras o servicios o suministra bienes para beneficio del interés público.
Municipio de Penonomé/ Nota N°DGCP-DS-DJ-154-2021 de fecha 19 de febrero de 2021.