DGCP-DF-2022-033
Todo proponente tiene la oportunidad de presentar observaciones ante la Entidad Licitante y esta la facultad de decidir si las acoge o no, siendo este el mecanismo consagrado en la Ley de Contrataciones Públicas para aclarar las discrepancias entre los participantes dentro de un Acto Público y la Entidad Licitante.
Ministerio de Seguridad Pública / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).
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