Pago En término establecido en el Pliego de Cargos

El artículo 100 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, impone a las entidades licitantes la obligatoriedad de efectuar los pagos a los que tenga derecho un contratista dentro de los términos previstos en el pliego de cargos y su contrato, es decir, que dicho pago no queda supeditado a la discrecionalidad de la entidad de realizarlo de forma distinta, salvo que se produzca un evento que afecte la correcta ejecución del objeto contractual que sea imputable al contratista.

Palacios, Vásquez y Asociados/ Nota N°DGCP-DJ-081-2022 con fecha 18 de mayo de 2022.

Pago en el término establecido en el Pliego de Cargos.