Propuesta Riesgosa

DGCP-DF-2023-306

La Dirección General de Contrataciones Públicas es del criterio que indistintamente del tipo de Licitación que se realice, la normativa concede a la entidad licitante, la facultad de determinar luego de analizar las condiciones técnicas del bien, servicio u obra objeto del acto de selección de contratista, si la propuesta presentada por determinado contratista es o no riesgosa sin que para ello sea necesario establecer un margen de riesgosidad.

Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá./ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Muestras Físicas

DGCP-DF-2023-303

Es facultad de la Entidad Licitante solicitar las muestras físicas, tanto al proponente como al contratista, en las diversas etapas del proceso de contratación, ya sea en la etapa precontractual de selección de contratista, como en la fase posterior a la adjudicación del Acto Público, según se detalle en las Especificaciones Técnicas.

Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá./ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Principio de Igualdad de los Proponentes

DGCP-DF-2023-242

El Principio de Igualdad de los Proponentes que rige las Contrataciones Públicas exige que se garantice la actuación imparcial de las entidades públicas dentro del procedimiento de selección de contratista en todas sus etapas, que les permita a los proponentes hacer ofrecimientos de la misma índole y tener las mismas posibilidades de resultar adjudicatarios.

Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá./Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Pliego de Cargos ¿Qué debe contener un Pliego de Cargos?

DGCP-DF-2023-237

La entidad contratante elaborará, previo a la celebración del procedimiento de selección de contratista, el pliego de cargos, utilizando los documentos estandarizados aprobados por la Dirección General de Contrataciones Públicas y en atención a los modelos, resoluciones y las circulares generales que emanen de esta dirección. El pliego de cargos contendrá las condiciones generales, las condiciones especiales, las especificaciones técnicas y los formularios.

AUTORIDAD DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE/Contratación Menor- procedimiento que se utiliza cuando el servicio u obra que no exceda la suma de  cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Equilibrio Económico del Contrato

Según el equilibrio económico del contrato, las obligaciones a cargo de una de las partes se consideran equivalentes a las de la otra, en este sentido se presume que el pago que la entidad estatal se compromete a realizar en virtud del contrato es proporcional a las prestaciones que adquiere el contratista. Sin embargo, durante la etapa de ejecución, es posible que se presenten situaciones que pueden alterar la ecuación contractual, lo que da lugar al deber de restablecimiento a la parte afectada.

Municipio de Boquete/ Nota N°DGCP-DS-DJ-1043-2019 de fecha 29 de noviembre de 2019.

Equilibrio Económico del Contrato.

Presentación de Observaciones

DGCP-DF-2023-208

En todo Procedimiento de Selección de Contratista en el que se emitan Informes de Evaluación o Verificación Precontractual, ya sea por parte de Comisiones Evaluadoras o Verificadoras, todo proponente tiene la oportunidad de presentar observaciones ante la Entidad Licitante y esta la facultad de decidir si las acoge o no, siendo este el mecanismo consagrado en la Ley de Contrataciones Públicas para aclarar las discrepancias entre los participantes dentro de un Acto Público y la Entidad Licitante, con motivo de la emisión de un informe.

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Declaración Jurada de Incapacidad Legal para Contratar

DGCP-DF-2023-222

La inhabilitación de un contratista le impide participar en procedimientos de selección de contratista y celebrar contratos con el Estado mientras dure la inhabilitación, la cual es efectiva a partir de su registro en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra” y surte efectos para actos y contratos que no hayan sido perfeccionados.

Caja del Seguro Social/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Entrega de bienes Contrato de Suministro

DGCP-DF-2023-157

La entrega de los bienes objeto del contrato de suministro se realizará en la fecha prevista en el contrato o en la orden de compra o antes de lo acordado, siempre que la entidad contratante esté en disposición de recibirlos y el contratista de entregarlos.

CAJA DE AHORROS/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución

Equilibrio Económico del Contrato

De acuerdo al artículo 34 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, es una potestad que puede ejercer la entidad licitante, posterior a analizar y evaluar la viabilidad de aplicar el equilibro contractual y de acuerdo al presupuesto de la entidad. Ahora bien, tal como exige la norma deberá sustentar y probar las causas por las cuales la igualdad o equivalencia entre derechos y obligaciones surgidos al momento de la contratación ya no se mantienen.

Eléctrica del Oeste, S.A./ Nota N°DGCP-DJ-210-2022 con fecha 12 de octubre de 2022/ Acto público N°2018-0-03-0-99-LV-032209.

Equilibrio Económico del Contrato.

Pago En término establecido en el Pliego de Cargos

El artículo 100 del Texto Único de la Ley No. 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, impone a las entidades licitantes la obligatoriedad de efectuar los pagos a los que tenga derecho un contratista dentro de los términos previstos en el pliego de cargos y su contrato, es decir, que dicho pago no queda supeditado a la discrecionalidad de la entidad de realizarlo de forma distinta, salvo que se produzca un evento que afecte la correcta ejecución del objeto contractual que sea imputable al contratista.

Palacios, Vásquez y Asociados/ Nota N°DGCP-DJ-081-2022 con fecha 18 de mayo de 2022.

Pago en el término establecido en el Pliego de Cargos.