Reglas de Desempate Licitación Pública

En las Licitaciones Públicas el numeral 4 del artículo 53 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, llama a la entidad a realizar un desempate previo a enviar el expediente a la comisión, toda vez, que es la comisión verificadora la que entra a verificar si las propuestas cumplen o no con los requisitos exigidos. En este caso, la entidad sí aplicaría un proceso de desempate íntegro de todas las propuestas económicas de manera previa a la verificación de requisitos por parte de la comisión verificadora, únicamente para facilitar a esta el orden de verificación de las propuestas, ya que el debido proceso ordena a la comisión, verificar en primer lugar la oferta de menor precio.

Caja de Seguro Social/ Nota N°DGCP-DJ-023-2023 de fecha 25 de enero de 2023.

Acta de revisión de requisitos