DGCP-DF-2022-141
En atención al artículo 84 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020, la Entidad Licitante puede solicitar aclaraciones al proponente, en cuanto a su formulario de desglose de precios, a efectos que el mismo sea corregido, por existir errores aritméticos, siempre y cuando no se altere el precio global ofertado.
Instituto de Seguro Agropecuario/ Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).