Contrato de Concesión Administrativa Recurso Legal

El Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, no contempla la formalización de recurso legal alguno. No obstante, la parte que se considere agraviada con la resolución de la entidad en donde se ordene el rescate administrativo del contrato de Concesión Administrativa, podrá aplicar como norma supletoria las disposiciones legales contenidas en el procedimiento administrativo general y una vez agotada la vía gubernativa, ejerciendo las acciones legales ante la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia para interponer un Proceso Administrativo de Plena Jurisdicción.

Municipio de San Miguelito/ Nota No. DGCP-DS-DJ-1386-2024 de fecha 25 de septiembre de 2024.

Competencia Ley de Medicamentos

DGCP-DF-2023-040

Los actos en materia de adquisición de medicamentos y equipos médicos de las instituciones públicas de salud, sólo crean una mera expectativa para el oferente, por lo que sus respectivos actos de selección no admiten recurso en vía gubernativa; no obstante, son impugnables ante la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia.

Ministerio de Salud / Licitación Pública- procedimiento utilizado cuando el monto de la contratación es superior a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).

Resolución